VALPARAÍSO - VIÑA DEL MAR

La iniciativa que busca incorporar el derecho al olvido oncológico

Una moción presentada por un grupo de senadores busca evitar que los pacientes recuperados sean discriminados por entidades financieras o aseguradoras.

El cáncer es una de las enfermedades más temidas y devastadoras que puede afectar a una persona, tanto física como emocionalmente. Sin embargo, gracias a los avances médicos y científicos, cada vez hay más casos de personas que logran superar esta enfermedad y recuperar su calidad de vida.

Pero, ¿qué pasa con las secuelas que deja el cáncer en otros ámbitos, como el financiero o el laboral? ¿Es justo que una persona que ha vencido al cáncer siga siendo discriminada por su pasado médico?

Para responder a estas preguntas, un grupo de senadores ha presentado una moción que busca incorporar el derecho al olvido oncológico en la ley nacional del cáncer, que fue promulgada el año 2020.

Este derecho consiste en garantizar que las personas que hayan padecido y sobrevivido al cáncer, no sufran discriminaciones financieras una vez superada su enfermedad, lo que se entenderá como el hecho de haber transcurrido 5 años de recibida la alta clínica de remisión de la enfermedad.

Los autores del proyecto de ley argumentan que la ley nacional del cáncer fue un importante avance normativo para la prevención, el tratamiento y la recuperación de las personas diagnosticadas con esta enfermedad, pero que aún queda pendiente abordar la problemática de las desigualdades e injusticias que enfrentan los supervivientes de cáncer en su vida cotidiana.

Entre ellas, se encuentran las exigencias adicionales adoptadas por las aseguradoras para contratar algún producto, que se aplican por el solo hecho de haber sufrido una patología relacionada al cáncer, pese a haberla superado.

Estas exigencias pueden traducirse en mayores costos, menores coberturas o incluso la negación del servicio, lo que implica una vulneración del derecho a la igualdad y a la no discriminación arbitraria.

Asimismo, estas condiciones pueden afectar la privacidad de las personas supervivientes y generar un estigma social que dificulta su reinserción laboral y personal.

El proyecto de ley propone modificar la ley nacional del cáncer, incorporando un nuevo artículo 8 bis, que establece el derecho al olvido oncológico y prohíbe a las entidades financieras o aseguradoras solicitar información sobre el antecedente oncológico de las personas o utilizarlo como criterio para determinar las condiciones de contratación o prestación de sus servicios. Además, establece sanciones administrativas para las entidades que incumplan esta norma.

El concepto de derecho al olvido

A nivel general, el derecho al olvido es una garantía que permite a las personas solicitar la eliminación de sus datos personales en Internet cuando estos ya no son relevantes, necesarios, exactos o actualizados, o cuando afectan su dignidad, privacidad o reputación. Este derecho busca proteger la identidad digital de las personas y evitar que su pasado les perjudique en el presente o en el futuro.

El derecho al olvido tiene su origen en la jurisprudencia europea, especialmente en la llamada “Sentencia Google Spain” del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que reconoció este derecho frente a los motores de búsqueda en Internet. Posteriormente, este derecho fue regulado por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y por diversas leyes nacionales de los países miembros de la Unión Europea.

En Chile, no existe una ley específica que reconozca el derecho al olvido, pero se han presentado algunos proyectos de ley al respecto. Además, se han dictado algunas sentencias judiciales que han aplicado este derecho en casos concretos, como el del ex fiscal Jorge Abbott, que logró que Google eliminara una sugerencia negativa asociada a su nombre. Sin embargo, el ejercicio del derecho al olvido en Chile aún enfrenta varios desafíos y limitaciones.